Función Electoral Dentro Del Estado
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- 23 may 2021
- 3 Min. de lectura
Actualizado: 16 jun 2021

Autor: Ana Gabriela Cueva Pelaez
Introducción
Con la evolución de la sociedad se hacen presenten algunas necesidades de organización, por ello a partir de la promulgación de la Constitución de la República del Ecuador el 20 de octubre de 2008, el Estado se ha transformado significativamente en varios ámbitos. Uno de estos en la función electoral la misma que constituye el entre de control para un verdadero y valido proceso democrático.
Desarrollo
En la historia constitucional ecuatoriana, se ha optado siempre por la división clásica de sus funciones en Ejecutiva, Legislativa y Judicial; sin embargo, en la Constitución vigente se divide el poder del Estado en cinco funciones, agregando las de Transparencia y Control Social y la Electoral.
La Función Electoral está conformada por dos órganos: uno administrativo que es el Consejo Nacional Electoral; y uno jurisdiccional, que es el Tribunal Contencioso Electoral, los cuales se encuentran regidos por la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, que entró en vigencia el 27 de abril de 2009. “Ambos órganos tendrán sede en Quito, jurisdicción nacional, autonomías administrativa, financiera y organizativa, y personalidad jurídica propia. Se regirán por principios de autonomía, independencia, publicidad, transparencia, equidad, interculturalidad, paridad de género, celeridad y probidad” (Ecuador, 2008).
En lo referente al Consejo Nacional Electoral, este órgano se encuentra de acuerdo a lo establecido por la ley integrado por cinco consejeras/os principales, quienes ejercen sus funciones durante un período de seis años, sin embargo, permite una renovación parcial cada tres años, de la siguiente manera, dos miembros en la primera ocasión, tres en la segunda, y así sucesivamente.
Cada consejero/a tiene su suplente para que pueda ser renovado de igual forma que los principales. Para darle gobernabilidad a este órgano democrático, se elige un/a presidente/a y el/a vicepresidente/a de entre sus miembros principales, estos cargos duran en funciones tres años. Por su parte, el o la presidente/a del Consejo Nacional Electoral es el representante legal de la Función Electoral.
Se necesita determinar que para ser integrante del Consejo Nacional Electoral es necesario tener ciudadanía ecuatoriana y estar en goce de los derechos políticos.
Entre las funciones del Consejo Nacional Electoral de acuerdo con el Art 25 de la (Ecuador A. N., 2009) están la de organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente, los procesos electorales. De igual manera deben convocar a elecciones, realizar los cómputos electorales, proclamar los resultados, y posesionar a los ganadores de las elecciones. Así también deben designar los integrantes de los organismos electorales desconcentrados. Encargarse del control de la propaganda y el gasto electoral. Este organismo es el encargado de garantizar la transparencia y legalidad de los procesos electorales internos de las organizaciones políticas y las demás que señale la ley. No se puede descuidar que es el garante de la transparencia democrática expresada a través del voto popular.
Mientras que el Tribunal Contencioso Electoral es un órgano de administración de justicia especializado en dicha materia, que resuelve a través de sentencias las acciones planteadas por ciudadanos u organizaciones políticas ante este organismo. Esto, en contraposición al numeral 3 del artículo 168 de la Constitución de la República del Ecuador, que contiene el principio de unidad jurisdiccional. Existiendo una contradicción en la Constitución al establecer ese principio, y crear un órgano en otra función del Estado que administre justicia.
Conclusión
Se concluye que la Función Electoral en el Estado constituye el organismo de control y garantía de los procesos democráticos de elección popular en una Estado de derecho y democracia, ya que garantiza la transparencia de la voluntad del pueblo expresada en las urnas.

Referencias
Ecuador, A. N. (2008). Constitución de la República del Ecuador 2008. Quito: ANE.
(https://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_const.pdf)
Ecuador, A. N. (2009). Ley orgánica electoral, Código de la democracia. Quito: ANE.
(https://www.cpccs.gob.ec/wp-content/uploads/2018/05/Cod-de-la-Democracia.pdf)




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